El Comité Estatal Aduanero de la República de Belarús, tiene el agrado de comunicar que actualmente en el marco de medidas adoptadas para prevenir la difusión de coronavirus 2019-nCoV, el período de la importación temporaria de los vehículos destinados para el uso personal (en adelante – medios de transporte) está prorrogado hasta el 30.09.2021.
El Comité Estatal Aduanero de la República de Belarús subraya que en caso de no exportar los medios de transporte en tiempos establecidos, tales vehículos serán detenidos por los órganos aduaneros y se considerará que las acciones del declarante tienen indicios de un delito administrativo previsto por la parte 2 del artículo 15.7 del Código de la República de Belarús sobre los delitos administrativos.
En caso de tener motivos objetivos (incluyendo la imposibilidad de la persona física de salir (entrar), el medio de transporte puede ser entregado a otra persona (inclusive al transportador en forma de una persona jurídica (empresario individual) para ser exportado del territorio aduanero de la Unión Económica Euroasiática (en adelante – UEEA). La entrega del vehículo importado temporalmente por el declarante a otra persona para ser exportado del territorio aduanero de la UEEA, si tal exportación no puede ser realizada por motivo del fallecimiento, una enfermedad grave o por otra causa objetiva, se admite contando con la autorización del órgano aduanero y sin la declaración aduanera (punto 9 del artículo 264 del Código Aduanero de la UEEA).
En este caso la autorización para que el declarante pueda entregar a otra persona el medio de transporte importado temporalmente al territorio aduanero a fin de ser exportado del territorio aduanero, se expide por el órgano aduanero en base de una solicitud del declarante, si tal exportación no puede ser realizada por el declarante por motivo de una enfermedad grave o por alguna otra razón objetiva.
La información detallada se encuentra en el sitio web del Comité Estatal Aduanero en el renglón “Actualidades” entrando en el siguiente link: